Código de conducta y valores éticos


Mayoral espera de sus fabricantes externos, subcontratistas y comerciantes cumplir con los siguientes principios y valores:


EL TRABAJO ES LIBREMENTE ELEGIDO

No hay trabajo forzado, en condiciones de servidumbre o involuntario. Los trabajadores no están obligados a presentar "depósitos" o sus documentos de identidad a su empresa y son libres de dejarla tras un aviso razonable.

EL TRABAJO INFANTIL NO ESTÁ PERMITIDO

No habrá reclutamiento de trabajo infantil. Las compañías deberán desarrollar o participar en políticas y programas que contribuyan a la transición de cualquier niño que se descubra que realiza trabajo infantil para permitirle asistir y permanecer en una educación de calidad hasta que deje de ser un niño. "Niño" y "trabajo infantil" se definen en los apéndices. Los niños y jóvenes menores de 18 años no deben trabajar de noche o en condiciones peligrosas. Estas políticas y procedimientos se ajustarán a las disposiciones de las normas pertinentes de la OIT.

SE PROPORCIONA EMPLEO REGULAR

En la medida de lo posible, el trabajo debe realizarse sobre la base de una relación laboral reconocida establecida a través de la legislación y la práctica nacional. Las obligaciones de los empleados en virtud de las leyes y reglamentos laborales o de seguridad social derivadas de la relación laboral regular no se evitarán mediante contratos de trabajo únicamente, subcontratación, trabajo a domicilio y / o mediante programas de aprendizaje, donde no existe intención real de impartir habilidades o proporcionar empleo regular, ni se evitarán tales obligaciones mediante el uso excesivo de contratos de trabajo de duración determinada.

NO SE TOLERA LA DISCRIMINACIÓN

No hay discriminación en la contratación, compensación, acceso a capacitación, promoción, despido o retiro basado en raza, estatus social, origen nacional, religión, edad, discapacidad, género, estado civil, orientación sexual, afiliación sindical o afiliación política.

LAS HORAS DE TRABAJO NO SON EXCESIVAS

Las horas de trabajo deben cumplir con las leyes nacionales, los convenios colectivos y las disposiciones del Código ETI, con base en las Normas Internacionales del Trabajo, lo que ofrezca mayor protección para los trabajadores. Las horas de trabajo, excluyendo las horas extraordinarias, se definirán por contrato y no excederán las 48 horas por semana. Todas las horas extras serán voluntarias. El tiempo extra se utilizará de manera responsable, teniendo en cuenta todo lo siguiente: el alcance, la frecuencia y las horas trabajadas por los trabajadores individuales y la fuerza de trabajo en general. No debe ser utilizado para reemplazar el empleo regular. El tiempo extra debe seguir todas las disposiciones incluidas en la Cláusula 6 del código base de ETI.

NO SE PERMITE EL TRATAMIENTO ABUSIVO O INHUMANO

Se prohíbe el abuso físico o la disciplina, la amenaza de abuso físico, el acoso sexual o de otra índole, el abuso verbal u otras formas de intimidación.

LA LIBERTAD DE ASOCIACIÓN Y EL DERECHO A LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA SON RESPETADOS

Los trabajadores, sin distinción, tienen derecho a afiliarse o formar sindicatos de su propia elección y a negociar colectivamente. El empleador adopta una actitud abierta hacia las actividades de los sindicatos y sus actividades organizativas. Los representantes de los trabajadores no son discriminados y tienen acceso para llevar a cabo sus funciones representativas en el lugar de trabajo.

Cuando el derecho a la libertad de asociación y negociación colectiva está restringido por la ley, la empresa facilita, y no obstaculiza, el desarrollo de medios paralelos para la libre asociación y negociación independientes.

LOS SALARIOS SON ABONADOS

Los salarios y beneficios pagados por una semana laboral estándar cumplen, como mínimo, los estándares legales nacionales o los estándares de referencia de la industria, el que sea mayor. En cualquier caso, los salarios siempre deberían ser suficientes para satisfacer las necesidades básicas y proporcionar un ingreso discrecional.

A todos los trabajadores se les proporcionará información escrita y comprensible sobre sus condiciones de empleo con respecto a los salarios antes de que ingresen al empleo y sobre los detalles de sus salarios durante el período de pago en cuestión cada vez que se les pague.

No se permitirán deducciones de los salarios como medida disciplinaria ni se permitirán deducciones de los salarios no previstas en la legislación nacional sin el permiso expreso del trabajador en cuestión. Todas las medidas disciplinarias deben ser registradas.

LAS CONDICIONES DE TRABAJO SON SEGURAS E HIGIÉNICAS

Se debe proporcionar un ambiente de trabajo seguro e higiénico, teniendo en cuenta el conocimiento prevaleciente de la industria y de cualquier peligro específico. Se tomarán las medidas adecuadas para prevenir accidentes y lesiones a la salud que surjan, se asocien o se produzcan en el curso del trabajo, minimizando, hasta donde sea razonablemente factible, las causas de los peligros inherentes al entorno de trabajo. Los trabajadores recibirán capacitación regular y registrada sobre salud y seguridad, y dicha capacitación se repetirá para los trabajadores nuevos o reasignados. Se debe proporcionar acceso a instalaciones sanitarias limpias, a agua potable y, si corresponde, a instalaciones sanitarias para el almacenamiento de alimentos. El alojamiento, donde se proporcione, debe ser limpio, seguro y satisfacer las necesidades básicas de los trabajadores. La compañía que observa el código deberá asignar la responsabilidad de la salud y la seguridad a un representante de la administración superior.

Mayoral ha firmado el acuerdo para la prevención de incendios y seguridad de edificios en Bangladesh, firmado por más de 170 grandes marcas multinacionales de la distribución textil y las federaciones sindicales internacionales de industria y servicios. Este acuerdo cubre más de 1700 fábricas de prendas de vestir.

ADVERTENCIA AMBIENTAL

Los fabricantes y talleres externos deben comprometerse con la protección del medio ambiente y deben cumplir, al menos, con las reglamentaciones ambientales locales e internacionales aplicables.

OBLIGACIONES FISCALES Y CARGOS SOCIALES

Los fabricantes y talleres externos pueden comprometerse puntualmente con sus impuestos y cargas sociales, siempre de acuerdo con las leyes y regulaciones locales.